Implementación de la Ley Karin.

La Ley Karin ya está vigente. ¿Está tu empresa preparada?

Desde agosto 2024, la Ley N°21.643 es de cumplimiento obligatorio para todas las Empresas
Te acompañamos en cada etapa de su Implementación: diagnóstico, implementación y capacitación.

Quienes Somos


LOT Abogados: tu socio legal estratégico en materia laboral.
Conoce quiénes somos, qué nos mueve y por qué somos el aliado indicado para acompañar a tu empresa en el cumplimiento de la Ley N°21.643 o Ley Karin.

LOT Abogados es un estudio jurídico especializado en derecho laboral y compliance organizacional. Nacimos con la convicción de que el cumplimiento legal no debe ser una carga para las empresas, sino una oportunidad para construir organizaciones más justas, seguras y productivas.
Nuestra práctica combina el rigor técnico del derecho con una mirada profundamente humana de las relaciones laborales. Creemos que detrás de cada norma hay personas, y que el verdadero cumplimiento legal se logra cuando las organizaciones internalizan los valores que la ley busca proteger, no solo cuando firman documentos.

NUESTRO ENFOQUE
Trabajamos de manera cercana con cada cliente, tomando el tiempo necesario para entender su realidad, su cultura organizacional y sus desafíos específicos. No ofrecemos soluciones de copia y pega: cada protocolo, cada procedimiento y cada capacitación que entregamos está construido a la medida de la empresa que lo necesita.
Nuestro equipo multidisciplinario —integrado por abogados y psicóloga— nos permite abordar el cumplimiento de la Ley Karin desde una perspectiva integral, que considera tanto los aspectos jurídicos como los factores humanos y organizacionales que están en la base del acoso y la violencia laboral.

NUESTRA PROPUESTA DE VALOR
"Marca la diferencia. Somos tu Socio Legal Estratégico."
En LOT Abogados no solo te ayudamos a cumplir con la ley: te ayudamos a construir una organización más sana, más equitativa y más preparada para los desafíos del mundo laboral contemporáneo. Porque el cumplimiento de la Ley Karin no es el destino, sino el punto de partida de una cultura organizacional libre de violencia.

20Años de experiencia

¿Qué es la Ley Karin?


Todo lo que necesitas saber sobre la Ley N°21.643: su origen, sus definiciones legales, los cambios que introduce y las obligaciones que impone a las organizaciones chilenas.

El origen de la Ley: la historia de Karin Salgado
La Ley N°21.643 lleva el nombre de Karin Salgado, una paramédica que en 2019 se quitó la vida tras ser víctima de acoso laboral sistemático en su lugar de trabajo. Las conductas que sufrió incluyeron la disminución injustificada de sus remuneraciones, el apartamiento de sus funciones y responsabilidades, la propagación de rumores sobre su persona y la imposición de amonestaciones sin fundamento, entre otros actos de hostigamiento.
Su caso visibilizó una realidad que afecta a miles de trabajadores en Chile y que la legislación vigente hasta entonces no abordaba con la profundidad ni la urgencia necesarias. En su memoria, el Congreso impulsó una reforma legal integral que transformó el marco normativo del acoso y la violencia laboral en el país.

¿Qué establece la Ley N°21.643?
Publicada en el Diario Oficial el 15 de enero de 2024 y vigente desde el 1 de agosto de 2024, la Ley Karin introduce modificaciones en diversos cuerpos normativos —principalmente el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo— con el objetivo de establecer mecanismos preventivos, investigativos y sancionatorios frente al acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo.
"La ley implica una redefinición de las relaciones laborales, buscando que sean libres de violencia, compatibles con la dignidad de las personas y con perspectiva de género."
Esta redefinición no es solo semántica: implica una reconceptualización profunda de los conceptos de acoso y violencia, y la adopción de medidas concretas para promover la igualdad y erradicar la discriminación en el ámbito laboral.

¿A quién aplica la Ley Karin?
La Ley N°21.643 es de aplicación universal: rige tanto para el sector privado como para el sector público, sin distinción de tamaño, rubro o número de trabajadores. Toda empresa con al menos un trabajador dependiente está obligada a cumplir con sus disposiciones. El incumplimiento puede derivar en multas administrativas, demandas laborales y daño reputacional para la organización.

LAS TRES CONDUCTAS QUE REGULA LA LEY KARIN:

Acoso Sexual

Requerimientos sexuales no consentidos, por cualquier medio, que amenazan o perjudican el empleo o sus oportunidades. Mantiene su base legal y amplía su interpretación.

Acoso Laboral

Agresión u hostigamiento del empleador o trabajadores, por cualquier medio, incluso en un solo acto, que cause maltrato, humillación o perjuicio laboral.

Violencia en el Trabajo por Terceros

Conductas de clientes, proveedores, usuarios u otros externos que afecten a trabajadores durante la prestación de servicios.

Qué Ofrecemos


NUESTROS SERVICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY KARIN


LOT Abogados ofrece una asesoría completa que cubre todos los requisitos legales que exige la Ley N°21.643. Desde la actualización de tu Reglamento Interno hasta la formación de tu equipo directivo, gestionamos cada entregable con rigor jurídico y sensibilidad organizacional.

   • Protocolo de Prevención de acoso sexual, laboral y violencia en oficina
   • Actualización del RIOHS con cláusulas específicas Ley Karin
   • Canal de denuncias y procedimiento de investigación interna
   • Capacitaciones para directivos, RRHH y toda la organización
   • Evaluación de riesgos psicosociales con perspectiva de género

LA MAGNITUD DEL PROBLEMA QUE LA LEY KARIN BUSCA ERRADICAR
La Ley N°21.643 nació de una realidad que no podía seguir ignorándose. El acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo son fenómenos que afectan la salud, la productividad y la dignidad de miles de trabajadores en Chile cada año. Esta legislación representa un cambio estructural en la forma en que las organizaciones deben gestionar sus relaciones laborales: ya no basta con reaccionar ante los hechos, sino que se exige prevenir, detectar y sancionarde manera proactiva y sistemática.

¿POR QUÉ CONTAR CON ASESORÍA ESPECIALIZADA?
La implementación de la Ley Karin involucra conocimientos jurídicos, psicológicos y de gestión organizacional que van más allá de las capacidades habituales de un departamento de Recursos Humanos. Contar con asesoría especializada garantiza que los documentos elaborados sean legalmente válidos, que los procedimientos sean robustos frente a eventuales denuncias o fiscalizaciones, y que la capacitación sea efectiva y transformadora.
En LOT Abogados acompañamos a tu empresa en cada etapa del proceso, desde el diagnóstico inicial hasta la entrega de todos los documentos exigidos por la ley.

Implementación


CÓMO IMPLEMENTAR LA LEY KARIN EN TU EMPRESA: GUÍA PASO A PASO

La Ley N°21.643 exige acciones concretas y documentadas. Te explicamos qué debes hacer, en qué orden y cómo asegurarte de que tu empresa cumpla con cada requisito legal.



Implementar la Ley Karin no es solo una obligación legal: es una oportunidad para construir una cultura organizacional más sana, equitativa y productiva. Sin embargo, el proceso requiere planificación, conocimiento técnico y un enfoque sistemático. A continuación, detallamos los componentes esenciales que toda empresa debe desarrollar para cumplir con la Ley N°21.643.

COMPONENTE 1:
PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL, SEXUAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO

El Protocolo de Prevención es el documento central de la implementación. Debe integrarse al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) y contemplar los siguientes elementos:
Identificación de peligros y riesgos: El primer paso es realizar un diagnóstico organizacional que permita identificar los factores de riesgo psicosocial presentes en la empresa. Este análisis debe incorporar una perspectiva de género, reconociendo que ciertas conductas afectan de manera diferenciada a hombres y mujeres.
Medidas de prevención y control: A partir del diagnóstico, se deben establecer medidas concretas para prevenir y mitigar los riesgos identificados. Estas medidas deben contar con objetivos medibles y plazos de ejecución definidos.
Capacitación y difusión: El protocolo debe contemplar un plan de capacitación dirigido a toda la organización, con materiales pedagógicos adecuados para cada nivel jerárquico. La difusión debe garantizar que todos los trabajadores conozcan el protocolo y sepan cómo actuar ante una situación de acoso o violencia.
Seguimiento, revisión y mejora continua: El protocolo no es un documento estático. Debe revisarse periódicamente para evaluar su efectividad, incorporar aprendizajes y adaptarse a los cambios en la organización o en la normativa.

COMPONENTE 2:
CANAL DE DENUNCIAS

La Ley Karin exige que las empresas cuenten con vías formales y accesibles para recibir denuncias de acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo. El canal de denuncias debe:
• Ser conocido por todos los trabajadores de la organización.
• Garantizar la confidencialidad de la identidad del denunciante.
• Asegurar que no habrá represalias contra quien denuncia de buena fe.
• Estar disponible para denuncias tanto internas (entre trabajadores o contra el empleador) como externas (conductas de terceros como clientes o proveedores).
El diseño del canal debe adaptarse a la realidad de cada empresa: puede ser un correo electrónico dedicado, una plataforma digital, un buzón físico o una línea telefónica, entre otras opciones, siempre que cumpla con los requisitos de accesibilidad y confidencialidad.

COMPONENTE 3:
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN

Toda denuncia recibida debe ser gestionada a través de un procedimiento de investigación escrito, formalizado y elaborado a la medida de la empresa. Este procedimiento debe ser:
Integral y exhaustivo: Debe contemplar todas las etapas del proceso, desde la recepción de la denuncia hasta la resolución y la aplicación de sanciones, incluyendo las medidas de resguardo para el denunciante durante la investigación.
Imparcial: La investigación debe ser conducida por personas con formación y experiencia en la materia, libres de conflictos de interés respecto de las partes involucradas.
Conforme a la ley: El procedimiento debe ajustarse a los plazos, garantías y requisitos establecidos por la Ley N°21.643 y su reglamento, incluyendo las normas especiales aplicables al sector público.
Con medidas de resguardo: Durante el proceso de investigación, la empresa debe adoptar medidas que protejan la integridad y dignidad del denunciante, y facilitar el acceso a atención psicológica temprana cuando sea necesario.

PROPUESTAS


NUESTRA PROPUESTA DE ASESORÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY KARIN

Una solución integral, documentada y a la medida de tu empresa. Conoce en detalle qué incluye nuestra asesoría, qué documentos recibirás y cuáles son los honorarios.



En LOT Abogados hemos diseñado una propuesta de asesoría que cubre de manera íntegra todos los requisitos que exige la Ley N°21.643. Nuestro enfoque es práctico y orientado a resultados: no entregamos documentos genéricos, sino soluciones construidas a partir de la realidad específica de tu organización, su rubro, su cultura y sus necesidades particulares.
La propuesta se estructura en dos grandes componentes: las Prestaciones del Servicio (lo que hacemos) y los Documentos Entregables (lo que recibes).

PRESTACIONES DEL SERVICIO

1. Reunión de coordinación inicial
El proceso comienza con una reunión de coordinación con el área a cargo del proceso en tu empresa —habitualmente Recursos Humanos o la Gerencia General—. En esta instancia levantamos información clave sobre la organización, identificamos los principales desafíos y acordamos el plan de trabajo, los plazos y los responsables de cada etapa.

2. Revisión y creación de documentos de compliance
Revisamos todos los documentos existentes en tu empresa relacionados con el cumplimiento normativo: Reglamento Interno, códigos de conducta, políticas de convivencia laboral, procedimientos de denuncia y cualquier otro antecedente relevante. A partir de esta revisión, identificamos brechas y procedemos a actualizar o crear los documentos necesarios para cumplir con la Ley Karin.

3. Identificación y evaluación de riesgos psicosociales
Realizamos un diagnóstico de los factores de riesgo psicosocial presentes en tu organización, con especial foco en aquellos asociados al acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo. Este diagnóstico incorpora una perspectiva de género, reconociendo que los riesgos y sus impactos pueden manifestarse de manera diferente según el género de los trabajadores.

4. Propuesta de medidas de mitigación
A partir de los resultados del diagnóstico, elaboramos una propuesta de medidas de mitigación adaptadas a tu empresa. Estas medidas incluyen acciones preventivas, controles operacionales y objetivos medibles que permitan evaluar su efectividad en el tiempo.

5. Entrega de borradores para revisión y aprobación
Todos los documentos elaborados —protocolos, procedimientos, cláusulas para el RIOHS, entre otros— son entregados en formato borrador para ser revisados y aprobados por la persona o equipo que tu organización designe como responsable del proceso. Esta etapa garantiza que los documentos finales reflejen el consenso interno y sean asumidos como propios por la organización.

6. Capacitaciones
Incluimos capacitaciones expositivas dirigidas a tres audiencias clave:
• Área a cargo del protocolo: Formación técnica y operativa para quienes gestionarán el protocolo de prevención, el canal de denuncias y el procedimiento de investigación.
• Recursos Humanos: Capacitación sobre las obligaciones legales, los procedimientos internos y el rol de RRHH en la prevención y gestión del acoso y la violencia laboral.
• Alta dirección: Sensibilización sobre el marco legal, las responsabilidades de la organización y el rol del liderazgo en la construcción de una cultura laboral libre de violencia.
Las capacitaciones son impartidas por nuestro equipo de abogados y psicóloga, en formato presencial u online según las necesidades de tu empresa.

DOCUMENTOS ENTREGABLES

1. Protocolo de Prevención de Acoso Sexual, Laboral y Violencia en el Trabajo
Documento principal que cumple con el requisito legal del artículo 154 bis del Código del Trabajo. Incluye identificación de riesgos, medidas de prevención, plan de capacitación y mecanismos de seguimiento.

2. Identificación de riesgos psicosociales
Informe con el diagnóstico de los factores de riesgo psicosocial presentes en la organización, con perspectiva de género y propuesta de medidas de mitigación.

3. Cláusulas para el RIOHS y código de conducta
Redacción de las cláusulas específicas que deben incorporarse al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, y —cuando exista— al código de conducta o ética de la empresa.

4. Procedimiento de canal de denuncias
Documento que formaliza el canal de denuncias: cómo acceder a él, cómo se gestiona una denuncia, plazos, garantías de confidencialidad y no represalia.

5. Procedimiento de investigación interna
Protocolo escrito y formalizado para la gestión de denuncias: etapas del proceso, plazos, roles, medidas de resguardo y criterios de sanción, ajustado a los requisitos de la Ley N°21.643.

7 claves para cumplir Ley Karin


La correcta implementación de la Ley N°21.643 requiere abordar de manera coordinada siete áreas fundamentales. Descuidar alguna de ellas puede dejar a la empresa expuesta a sanciones o a situaciones de incumplimiento.

Formar a toda la organización sobre los objetivos de la ley, las conductas que regula y los mecanismos de prevención y denuncia disponibles.

Incorporar las nuevas definiciones legales, el protocolo de prevención, el canal de denuncias y el procedimiento de investigación.

Desarrollar un protocolo específico para el acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, adaptado a la realidad de la empresa.

Establecer mecanismos que garanticen la integridad y dignidad de las personas denunciantes durante el proceso de investigación.

Crear e implementar vías formales, accesibles y confidenciales para recibir denuncias.

Identificar y evaluar los factores de riesgo psicosocial presentes en la organización, con perspectiva de género.

Contar con un procedimiento escrito, formalizado y conducido por personal especializado para gestionar cada denuncia.

Errores frecuentes en implementación


Muchas empresas cometen errores que, aunque bien intencionados, pueden derivar en incumplimientos legales o en la ineficacia de los mecanismos implementados. Los más comunes son:

Un protocolo de prevención debe reflejar la realidad específica de cada organización. Un documento genérico descargado de internet no cumple con el requisito legal de ser elaborado "a la medida de las necesidades de la empresa".

La ley exige que la capacitación llegue a todos los niveles jerárquicos, incluyendo la alta dirección. Limitar la formación solo al área de Recursos Humanos es un error frecuente y costoso.

Son dos elementos distintos y complementarios. El canal recibe la denuncia; el procedimiento la gestiona. Ambos deben estar formalizados por separado.

La actualización del Reglamento Interno no es opcional: es un requisito legal explícito de la Ley N°21.643.

Miembros del equipo profesional


Nos apasiona mantenernos al día con las últimas tecnologías y tendencias de nuestro sector, lo que nos permite ofrecer soluciones de vanguardia a nuestros clientes..

Jhone Bi

Application Manager

Sani Awesome

Social Media

Andrio Willi

Content Writer

Afa Jonson

Business Manager

Preguntas frecuentes


Nuestra sección de preguntas frecuentes está diseñada para responder a algunas de las dudas más habituales

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Nemo enim ipsam voluptatem quia voluptas sit aspernatur aut odit aut fugit, sed quia consequuntur magni dolores eos qui ratione voluptatem sequi nesciunt. Neque porro quisquam est, qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit, sed quia non numquam eius modi tempora incidunt ut labore et dolore magnam aliquam quaerat voluptatem. Ut enim ad minima veniam, quis nostrum exercitationem ullam corporis suscipit laboriosam, nisi ut aliquid ex ea commodi consequatur? Quis autem vel eum iure reprehenderit qui in ea voluptate velit esse quam nihil molestiae consequatur, vel illum qui dolorem eum fugiat quo voluptas nulla pariatur?

Notas Recientes


Publicamos artículos de blog con regularidad sobre una variedad de temas, desde el desarrollo de software y la gestión de proyectos hasta el marketing y la creación de marca.

Contáctenos


Si tiene alguna Pregunta, Comentario o Solicitud de Servicio, nuestro equipo está siempre a su disposición para ayudarle. Nos pondremos en contacto con usted prontamente y haremos todo lo posible por resolver su solicitud.

Dirección:

Isidora Goyenechea No. 3365

Of. 1203 Las Condes

Santiago - Chile

Fono:

+56 2 23663900

Email:

contacto@asesoriatotal.cl

lot@abogadosenred.cl